Micelio
Sentencia de Tutela1 de octubre de 1997

T-484 de 1997

Ponente Hernando Herrera Vergara

Demandante Flora Rosemblum De Rabinovich

Tema · dato duro
Der. A La Vida E Integridad Personal. Tercera Edad. Suspension De Pago De Mesadas Pensionales Por Empresa Que Se Encuentra En Concordato. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Concordato Preventivo Obligatorio
  • Pago preferente de mesadas pensionales
Derecho A La Salud
  • Afiliación al servicio médico de beneficiaria por pensión sustitutiva
Medio De Defensa Judicial Ineficaz
  • Pago oportuno de mesadas pensionales a persona de avanzada edad
Medio De Defensa Judicial
  • Pago de mesadas pensionales atrasadas
6 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado
  2. Primero. Laboral del Circuito de Medellin y por la Sala Decima de Decision Laboral del Tribunal Superior de Medellin, en primera y segunda instancia, respectivamente. En su lugar TUTELAR los derechos fundamentales a vida, integridad personal, igualdad, seguridad social y salud de la demandante.
  3. Segundo. ORDENAR a la empresa Tejidos Leticia Limitada, que en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion del presente fallo, proceda a reanudar los pagos de las mesadas pensionales a la senora Flora Rosemblum de Rabinovich. Asi como a afiliarla al Instituto de Seguros Sociales, regimen Salud, si aun no lo ha hecho. En cuanto a las mesadas ya causadas y no pagadas, la demandante podra acudir ante la jurisdiccion ordinaria para exigir su pago.
  4. Tercero. SOLICITAR al Superintendente de Sociedades verificar el cumplimiento del presente fallo.
  5. Cuarto. SURTASE el tramite previsto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.