Sentencia de Tutela2 de mayo de 2000
T-471 de 2000
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Veronica Maria Ramirez Rodriguez
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y Seguridad Social. Cirugia De Senos Que No Realiza Coomeva. No Se Trata De Cirugia Estetica. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Empresa De Medicina Prepagada Y Usuarios
- Relación contractual
Empresa De Medicina Prepagada
- Exclusiones
- Práctica de cirugía excluida que no tiene fines estéticos
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo del Juzgado
- Sexto. Laboral del Circuito de Medellín, por medio del cual se negó la protección solicitada. En su lugar, se concede la tutela de los derechos a una vida digna, a la integridad personal, a la salud y a la seguridad social de la actora. En consecuencia, se ORDENA a Salud Coomeva Medicina Prepagada S.A. Regional- Medellín, que, en el término de las siguientes cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de este Fallo, si así lo estima el médico tratante, o en la oportunidad que, bajo su responsabilidad profesional él indique, practique la cirugía que requiere VERONICA MARÍA RAMÍREZ RODRÍGUEZ.
- Segundo. Por Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
T-119/00Tutela Contra Eps Colmena. Derecho A La Salud. Cirugia De Senos Prominentes. Concedida.T-290/98Der. A La Integridad Personal. Der. A La Vida. Preexistencias. Medicina Prepagada. Salud Colmena. Concedida.SU.039/98Der. A La Salud. Der. A La Vida E Integridad Personal. Preexistencias. Salud Colmena E.P.S. Tratamiento Medico Asistenciales. Concedida.T-533/96Der. A La Salud. Der. A La Seguridad Social. Preexistencias. Colsanitas. Concedida.
Citada por20
SU.239/24Derechos A La Vida Digna Y La Salud (Valoración Integral Física Y Psicológica)-Libre Desarrollo De La Personalidad Frente A Estereotipos Estéticos De Género. Reglas Para Conceder Cirugía Plástica Reconstructiva O Funcional (Retiro De Bio-Polímeros E Implantes Mamarios Realizados En Forma Particular)T-055/23Derecho Al Diagnóstico, Como Parte Del Derecho A La Salud. Orden Para Valoración Psicológica.T-507/17Accion De Tutela Contra Empresa De Medicina Prepagada. Improcedencia Por Cuanto Las Pretensiones Versan Sobre Contenidos De Naturaleza EconomicaT-430/15Contrato De Medicina Prepagada Y Poliza De Seguros. Diferencias. Derecho A La Salud. Orden De CirugiaT-381/14Tutela de 2014T-570/13Tutela de 2013
Ver las 20 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.