Sentencia de Tutela1 de septiembre de 1998
T-455 de 1998
Ponente Antonio Barrera Carbonell
✓Demandante Fernando Tellez Lombana
✓
Tema · dato duro
Der. Al Buen Nombre. Der. A La Identidad. Der. A La Honra. Suplantacion De Identidad Con Fines Ilicitos. Das. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Antecedentes Penales
- Suplantación de persona e identidad
Derecho Al Buen Nombre
- Suplantación de persona e identidad
- Alcance
Derecho A La Identidad
- Suplantación de persona
Habeas Data
- Rectificación en banco de datos oficiales
Derecho A La Honra
- Alcance
- Suplantación de persona e identidad
5 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias dictadas por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia y Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafe de Bogota de fechas 3 de marzo de 1998 y 4 de diciembre de 1997, respectivamente, en virtud de las cuales se denego la tutela impetrada.
- Segundo. CONCEDER a Fernando Tellez Lombana la tutela de sus derechos fundamentales al buen nombre y a la honra, la cual se hara efectiva, como se indica en los ordinales siguientes, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas.
- Tercero. ORDENAR, en los terminos del numeral 3 de esta providencia, a los Juzgados 13 Penal del Circuito de esta ciudad y 5deg de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad que a continuacion de las sentencias condenatorias proferidas contra quien uso el nombre e identificacion de Fernando Tellez Lombana, se haga constar que el condenado es persona distinta del abogado e historiador FERNANDO TELLEZ LOMBANA, portador de la cedula de ciudadania 79.405.691 de Bogota, peticionario de la tutela que se concede.
- Cuarto. ORDENAR que se oficie a la Division de Resena e Identificacion del Departamento Administrativo de Seguridad DAS, y a la Policia Nacional -Dijin, Sijin, con el fin de que elaboren o abran sendos folios o registros independientes, cada uno con la correspondiente cartilla decadactilar, al abogado e historiador Fernando Tellez Lombana, quien se identifica con la Cedula No 79.405.691 de Bogota, y a N.N. Alias Carlos Pineda Pena o Fernando Tellez Lombana, indocumentado, incluyendo en relacion con este ultimo las condenas proferidas por el Juzgado 33 Penal del Circuito y por la Justicia Regional de Santafe de Bogota, de que da cuenta la parte motiva de esta sentencia.
- Quinto. LIBRENSE por la Secretaria General de esta Corporacion, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a3
T-229/94Acc. De Tutela No Es Acc. De Nulidad. Reubicacion De Docente Invalido Cuando Desaparece La Incapacidad. Medio De Defensa. Negada.C-063/94Dec. 624/89. Art. 657. Inc. 2. Sancion De Clausura De Establecimientos. Exequible La Expresion "cerrado Por Evasion".C-543/92Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25.
Citada por19
T-264/22Corrección Y Modificación De La Historia Laboral- Proceso Administrativo Y Reglas Jurisprudenciales Para La Revocatoria Unilateral De Pensiones Reconocidas Irregularmente.T-247/21Aplicacion Del Principio De La Condicion Mas Beneficiosa A La Pension De InvalidezT-370/20Libertad De Prensa Y Su Relacion Con Los Derechos A La Honra, Al Buen Nombre, A La Intimidad Y A La RectificacionT-342/20Derecho Al Buen Nombre De Brigada Militar Y La Importancia De La Divulgación De Información Relacionada Con La Violencia Armada Y La Consecuente Responsabilidad De Los ComunicadoresT-470/19Prueba Supletoria Para Reconocimiento De Derechos Pensionales Debe Cumplir Con Las Exigencias Legales Establecidas En El Articulo 9 De La Ley 50 De 1996.SU.182/19Revocatoria Directa De Pensiones Reconocidas De Manera Irregular O Con Base En Documentacion Falsa.
Ver las 19 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.