Micelio
Sentencia de Tutela19 de octubre de 1994

T-450 de 1994

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Equipos Suizos Ltda

Tema · dato duro
Presuncion De Legalidad De Los Actos Ad/Tivos. Pago De Multa. Recurso De Reposicion. Der. De Defensa. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

6 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido el 11 de julio de 1994 por el Juzgado
  2. Tercero. Laboral del Circuito de Santa Fe de Bogotá, D.C., mediante el cual se negó la tutela impetrada por la sociedad "Equipos Suizos Ltda".
  3. Segundo. INAPLICAR en el caso concreto, por incompatibilidad con la Constitución Política, el inciso 2º del artículo 63 del Decreto 2665 de 1988, que supedita el recurso de reposición contra las resoluciones que imponen multas o reembolsos a la presentación del recibo de depósito correspondiente.
  4. Tercero. CONCEDER la tutela impetrada por la sociedad "Equipos Suizos Ltda" para la protección de su derecho de defensa, ORDENANDO al Instituto de Seguros Sociales -Seccional Cundinamarca y Santa Fe de Bogotá- tramitar el recurso de reposición interpuesto por dicha compañía contra el acto administrativo del 3 de junio de 1994, mediante el cual se le impuso una multa, y decidirlo dentro de un término que no podrá ser superior a las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo. Para el trámite y decisión del recurso no se exigirá a la sociedad peticionaria que acredite la cancelación de la multa impuesta.
  5. Cuarto. LIBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
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La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.