Sentencia de Tutela19 de octubre de 1994
T-450 de 1994
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Equipos Suizos Ltda
✓
Tema · dato duro
Presuncion De Legalidad De Los Actos Ad/Tivos. Pago De Multa. Recurso De Reposicion. Der. De Defensa. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Igualdad
- Vulneración
Tarifa De Servicios Públicos
- Reclamos
Fallo De Tutela
- Motivación
Multa
- Improcedencia de su pago
Recursos
- Naturaleza
6 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido el 11 de julio de 1994 por el Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Santa Fe de Bogotá, D.C., mediante el cual se negó la tutela impetrada por la sociedad "Equipos Suizos Ltda".
- Segundo. INAPLICAR en el caso concreto, por incompatibilidad con la Constitución Política, el inciso 2º del artículo 63 del Decreto 2665 de 1988, que supedita el recurso de reposición contra las resoluciones que imponen multas o reembolsos a la presentación del recibo de depósito correspondiente.
- Tercero. CONCEDER la tutela impetrada por la sociedad "Equipos Suizos Ltda" para la protección de su derecho de defensa, ORDENANDO al Instituto de Seguros Sociales -Seccional Cundinamarca y Santa Fe de Bogotá- tramitar el recurso de reposición interpuesto por dicha compañía contra el acto administrativo del 3 de junio de 1994, mediante el cual se le impuso una multa, y decidirlo dentro de un término que no podrá ser superior a las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo. Para el trámite y decisión del recurso no se exigirá a la sociedad peticionaria que acredite la cancelación de la multa impuesta.
- Cuarto. LIBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por15
T-460/18Grave Calamidad Domestica, Debidamente Comprobada, Constituye Justa Causa Para Otorgar Licencia O Permiso Laboral.T-331/14Tutela de 2014T-877/09Tutela de 2009C-713/08Proyecto De Ley Estatutaria De Reforma A La Ley Estatutaria De Administracion De JusticiaT-409/07Tutela de 2007T-1065/07Tutela de 2007
Ver las 15 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.