Micelio
Sentencia de Tutela30 de septiembre de 1994

T-431 de 1994

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Maria Josefa Sarria

Tema · dato duro
Der. Al Ambiente Sano. Der. A La Salud. Ineficiencia Adtiva. Propietario No Deja Pasar El Alcantarillado. Guaduas. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
  2. Primero. Promiscuo Municipal de Guaduas (Cundinamarca) el 8 de junio de 1994, mediante el cual se negó la tutela impetrada por MARIA JOSEFA SARRIA ALVAREZ.
  3. Segundo. TUTELAR los derechos a la salud, a la vida y a un ambiente sano, invocados por la accionante. En consecuencia, ORDENASE al Alcalde Municipal de Guaduas que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, inicie las actividades administrativas necesarias para dotar de alcantarillado al sector comprendido por la calle 9a. entre carreras 3a. y 6a. de la Inspección Departamental de Policía de Puerto Bogotá en el señalado municipio, aplicando lo previsto en el artículo 57 de la Ley 142 de 1994,en concordancia con lo preceptuado en la Ley 56 de 1981.
  4. Tercero. ENVIESE copia del expediente y de esta providencia al Procurador General de la Nación a fin de establecer la posible responsabilidad disciplinaria del Alcalde Municipal de Guaduas en el presente asunto.
  5. Cuarto. LIBRESE la comunicacion prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.