Sentencia de Tutela9 de junio de 1999
T-418 de 1999
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Elizabeth Calderon Montaño
✓
Tema · dato duro
Der. Al Trabajo Y A La Igualdad. Medidas Adoptadas Por La Admon. Propiedad Horizontal. Prohibicion De Ingreso Y Salida De Muebles. Instalacion Tienda. Desplazados. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Principio De Solidaridad
- Conducta deshonesta al señalarse como persona desplazada
Subordinacion
- Habitantes respecto de junta administradora de edificio
Asamblea De Copropietarios
- Mecanismos tendientes al pago de cuotas de administración atrasadas
Debido Proceso Por Asamblea De Copropietarios
- Incompetencia para prohibir ingreso y salida de bienes muebles a habitante en mora de cancelar cuotas de administración
Regimen De Propiedad Horizontal
- Instalación de tienda
- Prohibición de ingreso de refrigerador con destino a tienda instalada en inmueble
6 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. Inaplicar la disposición del reglamento adoptado por la Asamblea General de Copropietarios del "Conjunto Residencial los Cerezos, Multifamiliar de baja altura -primera etapa- Propiedad Horizontal", ubicado en la ciudad de Villavicencio y el Consejo de Administración del mismo, que prohibe el ingreso y salida de bienes muebles a las casas cuyos habitantes se encuentren en mora en el pago de las cuotas de administración, por ser esa medida contraria a la Constitución.
- Segundo. CONFIRMAR la Sentencia proferida el 18 de noviembre de 1998 por el Juzgado
- Quinto. Penal del Circuito de Villavicencio, que denegó la acción de tutela de la referencia y requirió al consejo de administración del conjunto residencial en el habita la actora, en cabeza de su presidenta, para que en el futuro se abstenga de impedir el acceso de bienes muebles a las casas cuyos ocupantes se encuentren en mora en el pago de las cuotas de administración.
- Tercero. Sin embargo, en el caso concreto que se revisa, la medida adoptada por la Asamblea General de Copropietarios, en el sentido de impedir el ingreso de un refrigerador con destino a la tienda irregularmente instalada por la actora en su casa se mantendrá, por la situación ilegítima en la que se encuentra la demandante y porque tal medida no vulnera ninguno de los derechos fundamentales alegados.
- Tercero. Líbrense por Secretaría las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a3
T-630/97Mora En Las Cuotas De Admon. Suspension Del Servicio De Citofono De Seleccion De Correspondencia. Der A La Intimidad. Concedida Parcial.T-035/97Der. A La Intimidad. Der. Al Libre Desarrollo De La Personalidad. Tenencia De Animales Domesticos En Apartamentos. Concedida.T-333/95Der. A La Intimidad Personal Y Familiar. Imposicion A Los Copropietarios De La Afiliacion A T.V. Cable. Conjunto Residencial Montana. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.