Micelio
Sentencia de Tutela18 de abril de 2005

T-416 de 2005

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Magnolia Alzate Gomez Vs. Icetex

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Improcedencia por no darse el presupuesto de inmediatez
Icetex
  • No requiere intervención judicial para ordenar retención de salarios de deudores morosos
Debido Proceso Administrativo
  • Fundamental
  • No vulneración por cuanto el ICETEX actuó conforme a la ley
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso de deudora solidaria en credito otorgado por la entidad por incumplimiento del deudor principal al ordenarse descuento de su salario.

Solicita se ordene al icetex suspender los descuentos ordenados a su salario y se ordene la devolucion de los dineros retenidos al igual que se oficie a las centrales de riesgo para que sean eliminados los datos sobre su morosidad.

Alcance del derecho al debido proceso dentro de las actuaciones administrativas.

El debido proceso es una garantia que no se agota en el marco de las controversias judiciales pues tambien se aplica a otro tipo de situaciones que incluyen actuaciones administrativas.

El icetex no vulnero el derecho al debido proceso pues la demandante era conocedora de las obligaciones que adquiria al suscribir como codeudora solidaria un pagare ante esa entidad de la misma manera como conocia las consecuencias del incumplimiento en el pago de la obligación y acepto voluntariamente sus efectos.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR el fallo proferido por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá el tres (3) de febrero de 2005.
  2. Segundo. Por Secretaría líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.