Micelio
Sentencia de Tutela22 de septiembre de 1993

T-404 de 1993

Ponente Jorge Arango Mejía

Demandante Soc. German Morales E Hijos. Org Hotelera Ltda

Tema · dato duro
Debido Proceso. Persona Juridica Titular De Accion De Tutela. Caducidad De Contrato De Arrendamiento. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

5 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR las sentencia del H. Consejo de Estado y del H. Tribunal Administrativo de Boyacá, que denegaron la tutela solicitada por la sociedad "Germán Morales e Hijos Organización Hotelera Ltda", pero por las razones expuestas en esta sentencia.
  2. SEGUNDO. ORDENAR que por la Secretaría se envíen copias de esta sentencia y de la de primera instancia dictada por el H. Tribunal Administrativo de Boyacá, a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, para que se investigue la conducta de los Honorables Magistrados del tribunal mencionado, de conformidad con lo dicho en la OCTAVA de las consideraciones de esta sentencia.
  3. TERCERO. Por Secretaría General, ENVIESE al Tribunal Superior de Cundinamarca, Sala Disciplinaria, copia integra del expediente, para que se investigue la conducta del apoderado de la sociedad "Germán Morales e Hijos Organización Hotelera Ltda.", doctor Germán Sarmiento Palacio, de conformidad con lo dicho en la DECIMA PRIMERA consideración de este fallo.
  4. CUARTO. COMUNIQUESE la presente decisión al Tribunal Administrativo de Boyacá, para que dé cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.