Micelio
Sentencia de Tutela20 de agosto de 1997

T-397 de 1997

Ponente Antonio Barrera Carbonell

Demandante Juan Pulido Vega

Tema · dato duro
Der. A La Igualdad. Der. A La Salud. Ders. De La Compañera Permanente A Que Se Le Reconozcan Servicios Medicos. Mindefensa. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Familia
  • Protección sin importar su origen
Inaplicacion De Acto Administrativo Particular
  • Condiciones para su procedencia por juez de tutela
  • Negativa a compañera permanente de asistencia médica
  • Protección de derechos fundamentales
  • Facultad del juez de tutela
Inaplicacion De Normas
  • Improcedencia por inexistencia de incompatibilidad de dos disposiciones
Juez De Tutela
  • Interpretación conforme a Constitución sin inaplicar norma
Pensionado Del Ministerio De Defensa
  • Derecho a la asistencia médica de compañera permanente
Presuncion De Legalidad De Acto Administrativo
  • No puede oponerse al goce efectivo de un derecho fundamental
9 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia de abril 3 de 1997, proferida por la Sub-Sección D, Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, por medio de la cual se negó la tutela solicitada por el señor Juan Pulido Vega.
  2. Segundo. INAPLICAR el acto administrativo contenido en la comunicación de mayo 10 de 1996 del Ministerio de Defensa Nacional -División de Prestaciones Sociales, que negó a la compañera permanente del peticionario el derecho a la asistencia médica.
  3. Tercero. CONCEDER al peticionario la tutela del derecho a la igualdad. En consecuencia se dispone ORDENAR al Ministerio de Defensa -División de prestaciones sociales que proceda a suministrar a la compañera permanente del pensionado Juan Pulido Vega, siempre que se acredite esta condición, la asistencia médica que prevé el art. 113 del decreto 1214/90.
  4. Cuarto. ORDENAR que por Secretaría se hagan las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.