Micelio
Sentencia de Tutela11 de mayo de 2010

T-366 de 2010

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Victor Manuel Sanchez Y Tros·Demandado Fondo De Prestaciones Economicas, Cesantias Y Pensiones Foncep Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Igualdad, trabajo, seguridad social.

Se acumulan expedientes por unidad de materia.

Los accionantes solicitan se ordene a las entidades accionadas reconocer los reajustes pensionales que fueron ordenados por el artículo 116 de la Ley 6 de 1992 y el artículo 1 del Decreto 2108 del mismo año.

La Sala se pronuncia sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela para ordenar el reconocimiento y pago de acreencias laborales o pensionales, se concluye que ninguna de las demandas cumple con los requisitos de procedibilidad de la tutela, en algunos casos porque no se cumplió con el requisito de inmediatez, y en otros casos porque se pretende subsanar la inactividad de los peticionarios para acudir ante los jueces competentes, por último no se aporta prueba siquiera sumaria de que se encuentren frente a un perjuicio irremediable.

Niega

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR las sentencias proferidas por el Juzgado Setenta Civil Municipal de Bogota el dos (2) de septiembre de dos mil nueve (2009), y por el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito el nueve (9) de octubre de dos mil nueve (2009), dentro del proceso de tutela de Victor Manuel Sanchez y otros contra el Fondo de Prestaciones Economicas, Cesantias y Pensiones -FONCEP- y la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogota
  3. Segundo. CONFIRMAR la sentencias proferidas por el Juzgado
  4. Noveno. Civil Municipal de Bogota el siete (7) de septiembre de dos mil nueve (2009), y por el Juzgado Doce (12) Civil del Circuito de Bogota el veinte (20) de octubre de dos mil nueve (2009), dentro del proceso de tutela de Rafael Alfonso Gomez Urrego y otros contra el Fondo de Prestaciones Economicas, Cesantia y Pensiones -FONCEP-
  5. Tercero. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.