T-362 de 2005
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante E.A.T. Asmedic Vs. Hospital San Nicolas De Planeta Rica Cordoba
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia sobre controversias económicas
- Legitimidad e interés
- Requisitos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la igualdad de una empresa que celebro contrato de prestacion de servicios con el hospital cuyo objeto era la prestación de los servicios medicos de primer nivel de atención en las areas de consulta externa urgencias y hospitalizacion y el hospital le adeuda honorarios que constituyen el unico ingreso economico de los médicos.
Solicita se ordene el pago de los dineros adeudados.
Derechos fundamentales de las personas jurídicas.
Derecho a la igualdad de las personas juridicas.
Improcedencia de la accion de tutela frente a prestaciones economicas.
Legitimación por activa en los procesos de tutela.
Condiciones para intervenir como agente oficioso.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Promiscuo Municipal de Planeta Rica Córdoba, proferido el 8 de octubre de 2004, y en su lugar DENEGAR las pretensiones.
- SEGUNDO. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.