T-337 de 2010
Ponente Juan Carlos Henao Pérez
✓Demandante Nelly Vellojin De Mendoza·Demandado Tribunal Superior De Monteria Sala Civil Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Sentencia C-662/04
- Providencia es susceptible de constituir vía de hecho
- Reiteración de jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso.
Alega la accionante que INVIAS construyó una carretera que pasó por un área de un lote de propiedad suya, por lo cual inició proceso ordinario solicitando obtener la restitución de la parte ocupada, INVIAS interpuso excepción previa de falta de jurisdicción y competencia, la cual fue declarada probada por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Cereté, y se ordenó la devolución de la demanda y los anexos a la accionante, quien considera que se incurrió en una vía de hecho, solicita que se produzca una nueva providencia para que el juez civil asuma la competencia para conocer del litigio por ella propuesto.
La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales, entra a estudiar el conflicto de jurisdicción y competencia, la providencia de declaratoria de excepción previa de falta de jurisdicción y la constitución de una vía de hecho, se decide confirmar el fallo de tutela proferido por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, en la cual se ordenó remitir el expediente al Tribunal Contencioso Administrativo de Córdoba.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion Politica,
- RESUELVE
- PRIMERO. CONFIRMAR la providencia proferida por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Laboral, el 27 de octubre de 2009, mediante la cual se confirmo el fallo de tutela proferido por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, el 4 de septiembre de 2009.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.