Providencias que cita
T-307/15 invoca estas providencias en su argumentación. · 35 en total.
Volver a la ficha de T-307/15Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Civil Del Circuito De Funza Y El Consejo Seccional De La Judicatura De Cundinamarca, Sala Disciplinaria. Se Resolvio Dejar Sin Efectos El Auto De 13 De Marzo De 2009, Mediante El Cual El Consejo Seccional De La Judicatura De Cundinamarca Se Declaro Incompetente Para Conocer De La Accion De Tutela De La Referencia, Y En Su Lugar, Se Ordeno La Devolucion De La Misma A Dicha Entidad Para Que, De Forma Inmediata, Continue El Tramite De Primera Instancia Y Profiera Decision De Fondo Respecto De Esa Solicitud De Amparo.
Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Primero Administrativo De Cucuta Y El Juzgado Tercero Civil Municipal De Cucuta. Competencia De La Corte Constitucional Para Dirimir Los Conflictos De Competencia En Materia De Tutela. Reietracion Jurisprudencial. Sobre El Particular, Se Reafirmo Que, A Partir Del Auto 170a De 2003, Esta Corporacion Ha Hecho Una Excepcion A La Regla De La Competencia Residual, Y Ha Optado Por Desatar De Manera Directa Los Conflictos De Competencia Suscitados Entre Autoridades Judiciales Que Posean Un Superior Jerarquico Comun. Normas Que Determinan La Competencia En Materia De Tutela. En Suma, Las Unicas Normas Que Determinan La Competencia En Materia De Tutela Son El Articulo 86 De La Constitucion Y El 37 Del Decreto 2591 De 1991. El Decreto Reglamentario 1382 De 2000 Solo Contiene Reglas De Reparto. Jurisprudencia Constitucional Sobre La Posibilidad De Decretar La Nulidad De Un Proceso De Tutela Por Desconocimiento Del Decreto 1382 De 2000. Se Reavivo El Debate Jurisprudencial Al Respecto, Dejando Claro Que La Posicion Adoptada En La Mayoria De Los Casos Recientes Defiende Que Un Juez De Segunda Instancia, So Pretexto De Observar Una Regla De Reparto, No Puede Suspender El Tramite Constitucional Y Omitir, Asi, El Pronunciamiento De Fondo Sobre La Materia. De Todo Lo Anterior, Se Desprendieron Las Siguientes Conclusiones: (I) Un Error De Aplicacion O Interpretacion De Las Reglas De Competencia Contenidas En El Articulo 37 Del Decreto 2591 De 1991 Pueden Llevar Al Juez De Tutela A Declararse Incompetente. Le Corresponde, Entonces, Remitir El Respectivo Expediente. (Ii) Una Equivocacion En La Aplicacion O Interpretacion De Las Reglas De Reparto Del Decreto 1382 De 2000 No Autorizan Al Juez De Tutela A Declararse Incompetente Y, Mucho Menos, A Declarar La Nulidad De Lo Actuado. (Iii) Los Unicos Conflictos De Competencia Que Existen En Materia De Tutela Son Aquellos Que Se Presentan Por La Aplicacion O Interpretacion Del Articulo 37 Del Decreto 2591 De 1991. (Iv) Ninguna Discusion Por La Aplicacion O Interpretacion Del Decreto 1382 De 2000 Genera Conflicto De Competencia, Ni Siquiera Aparente. En El Caso En Cuestion Se Resolvio Dejar Sin Efectos El Auto De 3 De Febrero De Dos Mil Nueve (2009) Proferido Por El Juzgado Primero Civil Del Circuito De Cucuta, Mediante El Cual Se Declaro La Nulidad De Todo Lo Actuado En El Proceso De Tutela Iniciado Por Ana Dolores Lopez Monsalve, En Representacion De Su Hijo Jairo Lorenzo Guerrero Lopez, Contra La Nueva Eps. En Consecuencia, Se Ordeno La Remision Del Expediente Contentivo De La Accion De Tutela De La Referencia Al Juzgado Primero Civil Del Circuito De Cucuta Para Que Resuelva La Impugnacion Presentada En El Tramite De La Misma.
Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Segundo Laboral Del Circuito De Bucaramanga, El Juzgado Quinto Penal Municipal De Depuracion De Bucaramanga Y El Tribunal Administrativo De Santander. Ordena Al Tribunal Administrativo De Santander Asumir El Conocimiento De La Accion De Tutela
Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Promiscuo Del Circuito De San Jose Del Guaviare Y El Tribunal Administrativo Del Meta. Ordena Al Tribunal Administrativo Del Meta Asumir El Conocimiento De La Accion De Tutela
Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. No Vulnera Los Principios De Seguridad Jurídica Y De Autonomía Funcional Del Juez
Derechos Al Debido Proceso Igualdad Y Acceso A La Administracion De Justicia. Via De Hecho. Desaparicion Playas Naturales. Bienes De Uso Publico. "el Laguito". Tutela Contra Tutela. Corte Suprema De Justicia. Improcedencia. Negada.
Derechos Al Debido Proceso Igualdad Y Minimo Vital. Solicitud Devolucion Dineros. Liquidacion Compañía Editora De Occidente Ltda. Tutela Contra Tutela En Proceso. Improcedencia. Negada.
Derecho Al Debido Proceso Posesion Y Desarrollo Adecuado. Solicitud Suspensión Entrega De Bien Inmueble. Proceso Ejecutivo Hipotecario. Prejudicialidad. Sancion Por Temeridad. Principio De Buena Fe Y Lealtad Procesal. Reformatio In Pejus. Tutela Contra Tu
Derecho Al Debido Proceso Y Defensa. Via De Hecho. Incidente De Impugnacion Extemporaneo. Falta De Notificacion. Tutela Contra Tutela. Cosa Juzgada Formal Y Material. Negada.
Debido Proceso Y Derecho De Defensa De Pensionados. Tutela Contra Providencia Judicial. Falta Agotamiento Mecanismos De Defensa. Improcedente.
Derechos A La Vida Integridad Y Debido Proceso. Exigencia Renuncia De Concejales Por Parte De Las Farc. Sesiones En Sede Oficial. Decretos Dictados En Estado De Conmocion Interior. Vigencia. Cosa Juzgada Constitucional. Tutela Contra Tutela. Ley 782 De 20
Conflicto De Competencia
Derecho Al Debido Proceso. Proceso Ejecutivo Surgido Por Aplicación De Ley Estatutaria Para Comprobar Pago Del Impuesto De Timbre. Tutela Contra Tutela. Bancafe. Negada.
Derechos Al Debido Proceso Vida Seguridad Social Educacion Y Vivienda De Menores De Edad. Conciliacion Extraprocesal Sobre Conmutacion Pension De Sobreviviente De Senador. Relacion De Causalidad. Tutela Contra Tutela. Via De Hecho. Compañía De Seguros Alf