Micelio
Sentencia de Tutela25 de marzo de 2004

T-293 de 2004

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Ramon De Jesus Castaño Salinas Vs Direccion Seccional De Salud Departamento De Antioquia

Tema · dato duro
Derechos A La Vida La Dignidad Y La Salud De Menor De Edad. Solicitud Practica De Examenes Prescritos Por Medico Tratante. Obligacion De Proveer Atencion Integral Sin Obstaculos Indebidos. Reclasificacion Para Vinculacion Al Regimen Subsidiado De Segurida
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Hecho superado por pago de exámenes médicos y compra de medicamentos
  • Improcedencia reembolso de dineros por asunción de costos médicos
Sisben
  • Se debe dar solución al problema de clasificación
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia del Juzgado
  2. Séptimo. Laboral del Circuito de Medellín que se revisa, en cuanto denegó la acción de tutela de la referencia.
  3. SEGUNDO. Declarar la carencia actual de objeto.
  4. TERCERO. ADVERTIR al Secretario Seccional de Salud de Antioquia que la Dirección Seccional de Salud departamental está en la obligación constitucional de solucionar el problema detectado en cuanto a la clasificación del señor Ramón de Jesús Castaño Salinas en el SISBEN, que no ha sido clara y, según el peticionario, no corresponde a sus condiciones económicas reales, en forma tal que los problemas e inconsistencias en la información existente sobre tal clasificación no se convierta en una barrera para la prestación del servicio de salud requerido por la niña discapacitada objeto de este proceso.
  5. CUARTO. ADVERTIR al señor Ramón de Jesús Castaño Salinas que, en caso de no contar con recursos para costear los servicios de salud que requiere su menor hija, tiene derecho a que su situación económica real sea atendida en forma expedita para efectos de obtener la clasificación socioeconómica que le corresponde y acceder, así, a los servicios de atención integral en cuestión. Este derecho será respetado en adelante por los responsables de brindar y asegurar la prestación de los servicios médicos requeridos.
  6. Por Secretaria General, líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.