T-427 de 2006
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Dora Robledo De Velez En Representacion De Su Esposo Vs. Iss
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Suministro de medicamentos excluidos del POS
- ISS no cubre costos de implantes de Stents coronarios por estar excluídos del POS y por cuanto el demandante ha sido atendido por Empresa de Medicina prepagada
- Esposa en representación de esposo
- Improcedencia reembolso de dineros por asunción de costos médicos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud en conexidad con la vida la seguridad social y la dignidad humana de afiliado que padece arteroesclerotica del corazon y que ha venido recibiendo tratamiento en entidad de medicina prepagada y recientemente se le diagnostico enfermedad coronaria severa a quien le fue practicada una cirugia de implante de dos stents medicados pero los servicios cubiertos por el contrato de medicina prepagada resulto insuficientes para cubrir la totalidad de los costos de la operación.
Solicita se ordene al seguro social entidad en la que se encuentra como beneficiario del regimen contributivo efectuar el pago de los gastos sufragados por la operación no cubiertos por la medicina prepagada.
Legitimacion en la causa para promover la presente accion de tutela.
Toda vez que el titular de los derechos no esta en condiciones de reclamar la proteccion de los mismos por su propia cuenta.
Suministro de medicamentos que se encuentren excluidos del pos.
Improcedencia de la accion de tutela para obtener el reembolso de sumas de dinero.
Deber de demostrar la vulneracion de un derecho fundamental.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR los fallos de instancia proferidos en primera instancia, por el Juzgado
- Primero. de Familia de Manizalez, Caldas, el 9 de diciembre de 2005 y, en segunda instancia, por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Manizales, Sala Civil-Familia, el 8 de febrero de 2006. En consecuencia, NEGAR la tutela de los derechos a la salud en conexidad con la vida, a la seguridad social y a la dignidad humana del señor Jorge Vélez Palacio, por las razones expuestas en la presente sentencia.
- Segundo. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.