T-231 de 2005
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Luis Antonio Muñoz Vs. Famisanar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia reembolso de dineros por asunción de costos médicos
- Cónyuge en representación de esposa enferma
- Fundamental por conexidad con la vida
- Permanencia en UCI
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud en conexidad con el derecho a la vida de afiliada que ingreso al centro policlinico del olaya con embarazo y preclampsia severa a quien la entidad demandada le niega asumir los costos de procedimientos por insuficientes semanas de cotización.
Solicita se ordene asumir los gastos hasta la efectiva recuperación de la salud.
La accion de tutela puede ser incoada por un agente oficioso cuando el titular de los derechos no este en condiciones de promover su propia defensa.
Legitimidad por causa activa.
Derecho a la salud y su proteccion por via de tutela cuando se encuentra en conexidad con el dercho a la vida digna.
Prohibición de oponer periodos minimos de cotización cuando se trata de urgencia comprobada o de la atención de enfermedades catastróficas de pacientes que no tienen capacidad economica.
Improcedencia de la accion de tutela cuando la pretensión es meramente economica por cuanto el pronunciamiento corresponde a la jurisdiccion ordinaria.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR el fallo proferido por el Juzgado 46 Penal Municipal de Bogotá, D.C. que denegó el amparo propuesto por Luis Antonio Muñoz obrando como agente oficioso de Martha Irene Cabezas Moreno.
- Segundo. Por Secretaría, LÍBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.