Micelio
Sentencia de Tutela9 de julio de 2003

T-547 de 2003

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Gloria Marleny Benitez Vs. Saludvida Medellin

Tema · dato duro
Derecho A La Salud E Integridad De Menor De Edad Con Epilepsia. Solicitud Evaluacion Y Tratamiento Con Neurologo Prescrito Por Medico Tratante No Incluido En El Pos. Regimen Subsidiado De Salud. Accion De Repeticion. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Administradora Del Regimen Subsidiado
  • Prestación de servicios médicos a menor y repetición contra el Fosyga
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Revocar el fallo proferido por el Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito de Medellín el 13 de marzo de 2003, dentro del proceso de la acción de tutela instaurada por Gloria Marleny Benítez contra Saludvida A.R.S., y en su lugar conceder la protección de los derechos a la salud y a la integridad física de Alejandra Lorena Pulgarín Benítez.
  3. Segundo. Ordenar a Saludvida A.R.S. que en el término de seis (6) días, contados a partir de la notificación de esta sentencia, se tomen las medidas necesarias, si no se ha hecho aún, para que a Alejandra Lorena Pulgarín Benítez se le practique evaluación y manejo con especialista en neurología y encefalograma, procedimientos necesarios para atenderla, debido al diagnóstico de epilepsia interrogada que se ha formulado.
  4. Tercero. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.