Micelio
Sentencia de Tutela5 de marzo de 2001

T-258 de 2001

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Jhon Jairo Acevedo Franco Vs. Secretaria De Educacion De Partamental De Caldas

Tema · dato duro
Derechos A La Vida E Integridad Personal Y De Menor De Edad. Traslado Y Reubicacion De Docente Amenazado Inscrito En El Registro Nacional De Desplazados. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acto Discrecional De La Administracion
  • Deja de serlo cuando existe amenaza contra vida de empleados
Docente Desplazado Por La Violencia
  • Protección vida hijo menor de edad
  • Reubicación atendiendo seguridad de la vida e integridad personal
Autorizacion De Traslado
  • Discrecionalidad deja de serlo por estar en peligro vida del empleado
Derecho A La Vida
  • Protección especial de docente amenazado
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Manizales el 8 de septiembre de 2000, dentro de la acción de tutela de la referencia. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la vida y a la integridad personal del señor Jhon Jairo Acevedo Franco y de su pequeño hijo.
  2. Segundo. ORDENAR a la Secretaría de Educación de Manizales, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, adelante las gestiones necesarias a fin de trasladar al docente Jhon Jairo Acevedo Franco a una institución educativa donde no corra peligro su integridad y su vida.
  3. Tercero. Por Secretaría LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.