T-231 de 2006
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Isabel Concepcion Marcillo Benavides Vs. Telecom En Liquidacion
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Requisitos para solicitar reintegro
- Especial protección laboral
- Debió alegar en el momento de la liquidación de Telecom su condición de tal, no dos años después
- Significado y alcance de la protección constitucional en procesos de reforma institucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la igualdad al trabajo y de los niños de trabajadora de la empresa madre cabeza de familia por la decision de la entidad de excluirla de la proteccion otorgada en el reten social en el marco de la reestructuracion de la entidad a las madres cabeza de familia.
Solicita se ordene el pago de los salarios y demas factores dejados de percibir y su inclusion en el sistema de salud.
Procedibilidad de la accion de tutela.
Proteccion especial a las madres cabeza de familia.
Observa la sala que la accionante no adujo su condicion de madre cabeza de familia pasados dos años desde su desvinculacion.
No se puede exigir la inclusion de una persona en el reten social ante el desconocimiento de los supuestos de hecho que permiten ser beneficiario de tal proteccion.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida el 13 de septiembre de 2005 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala de Familia, la que a su vez confirmó el fallo del Juzgado Dieciséis de Familia de Bogotá, por medio de los cuales se negó la acción de tutela promovida por Isabel Concepción Marcillo contra Telecom en liquidación, pero atendiendo a las razones expuestas en la presente providencia.
- Segundo. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.