Sentencia de Tutela21 de mayo de 1993
T-198 de 1993
Ponente Vladimiro Naranjo Mesa
✓Demandante Alba Rosa Lievano
✓
Tema · dato duro
Derecho De Posesion. Debido Proceso. Secuestro De Predio En Armenia. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Debido Proceso
- Vulneración
Derecho De Defensa
- Vulneración
6 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (10 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia de la Honorable Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, de 28 de enero de 1993 y, en su lugar, confirmar la sentencia del H. Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia, en el sentido de tutelar el derecho al debido proceso y DECLARAR SIN EFECTO la diligencia de secuestro del inmueble "El Retiro", ubicado en la vereda La Cabaña, jurisdicción del municipio de Armenia, Quindío, practicada el 15 de mayo de 1992, por el Juez
- Segundo. Civil Municipal de Armenia, por comisión del Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Armenia, dentro del Proceso de ejecución adelantado por HERNAN HERRERA GIRALDO contra HUMBERTO JARAMILLO BOTERO.
- SEGUNDO. Comunicar la presente decisión al Honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial, Sala de Decisión Civil, para los efectos de la notificación de las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 del Decreto 2591.
- TERCERO. Compulsar copias dirigidas a la Fiscalía General de la Nación con el fin de que proceda a investigar la conducta del abogado ejecutante HERNAN HERRERA GIRALDO y de su poderdante HUMBERTO JARAMILLO BOTERO, para establecer si incurrieron o no, en el delito de fraude procesal.
- CUARTO. Compulsar copias a la Procuraduría General de la Nación, con el fin de que se ordene la investigación de la conducta del señor Juez
- Segundo. Civil Municipal de Armenia.
- QUINTO. Oficiar al señor Juez
- Primero. Civil del Circuito de Armenia, copia de esta sentencia y ordenarle que, en consecuencia, se abstenga de proceder al remate del bien.
- Notifíquese, cópiese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.