Micelio
Sentencia de Tutela17 de abril de 2015

T-187 de 2015

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Camilo Olmos·Demandado Icbf Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Icbf
  • Caso en que el accionante solicita la repatriación de menores con la finalidad de restablecer relación paterna filial
  • Improcedencia para restitución internacional de menores puesto que no se cumple con el requisito de subsidiariedad
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El actor considera que el ICBF y el Ministerio de Relaciones vulneraron su derecho fundamental al debido proceso y desconocieron las prerrogativas constitucionales de sus hijos a tener a una familia y a no ser separados de ella, con ocasión de la negativa de iniciar el procedimiento de restitución internacional de menores, contemplado en el Convenio de la Haya de 1980 e incorporado al ordenamiento jurídico interno mediante la Ley 173 de 1994.

Aduce, que a pesar de las diferentes solicitudes no ha podido restablecer la relación paterno filial con sus descendientes, debido a consideraciones meramente formales de carácter procedimental, desconociendo que sus hijos fueron sustraídos del país de manera irregular por su madre, así como suplantada su identidad y nacionalidad, negándoseles de esta forma el derecho a compartir y conocer a su familia colombiana.

La Corte resalta que en relación con los derechos de los menores a tener una identidad, una nacionalidad y a no ser desarraigados de su entorno familiar, actualmente se encuentran en trámite sendos procesos penales y administrativos en Perú, con el fin de aclarar la existencia de múltiples registros de nacimiento.

Además de lo anterior, en Colombia, debido a la presunta salida irregular del país de los menores, se está adelantando una investigación por parte de la Fiscalía General de la Nación con lo cual se descarta que se torne imperiosa la intervención del juez constitucional para resolver tales cuestiones, máxime si se tiene en cuenta la complejidad probatoria que dicha clase de trámites exige, la cual desborda la competencia funcional asignada al funcionario judicial de amparo.

SE DENIEGA.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR los fallos proferidos por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Atlantico, el 12 de agosto de 2014, y por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, el 1 de octubre de 2014, en el sentido de denegar el amparo solicitado por el senor Camilo Olmos, pero por las razones expuestas en la parte considerativa de esta providencia.
  2. SEGUNDO. Por Secretaria General, ADVIERTASE a las autoridades publicas que intervinieron el tramite de la accion de tutela que deberan adoptar las medidas pertinentes para guardar la estricta reserva de la identidad de los infantes Yadira y Emilio Olmos Alvarez.
  3. TERCERO. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.