Micelio
Sentencia de Tutela11 de abril de 1994

T-174 de 1994

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Liliana Calle Villada

Tema · dato duro
Der. A La Salud. Der. A La Vida. Deberes De Los Padres De Sostener A Sus Hijos Impedidos. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. MODIFICAR la Sentencia proferida por el Juzgado 1o Promiscuo de Familia de Tulua, por las razones expuestas en esta sentencia. En consecuencia:
  2. a) TUTELAR los derechos fundamentales a la salud y a la vida, como mecanismo transitorio, de la senorita Calle Villada, atendiendo la demanda presentada en contra de su padre, Senor Alonso Calle Gallego.
  3. b) En consecuencia, el Senor Calle Gallego, debera tomar las provisiones necesarias, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas para asumir los gastos que demande el control medico al cual asiste la accionante en el Hospital Psiquiatrico de Cali. Forman parte de los precitados gastos, el transporte a dicha ciudad y los medicamentos que sean prescritos.
  4. c) La anterior orden permanecera vigente solo durante el termino que el Juez de Familia competente utilice para decidir de fondo sobre la accion instaurada por la afectada. Si la mencionada accion no se instaura dentro de los cuatro (4) meses siguientes al presente fallo de tutela, cesaran los efectos de este.
  5. SEGUNDO. COMUNICAR a traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional el contenido de la sentencia al Juzgado 1o Promiscuo de Familia de Tulua, al Senor Alonso Calle Gallego, al Defensor del Pueblo y a la peticionaria de la presente tutela.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.