Micelio
Sentencia de Tutela5 de marzo de 2010

T-154 de 2010

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Luis Francisco Carrillo Pabon·Demandado Direccion Seccional De Salud De La Policia Nacional

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Discapacidad
  • Concepto amplio
  • Definición normativa y precisa
Discapacitado
  • Protección constitucional especial e internacional
Subsistema De Salud De Las Fuerzas Militares Y De La Policia
  • Desafiliación de persona con invalidez mental permanente y absoluta fue lesiva de derechos fundamentales
Derecho A La Salud De Persona Con Discapacidad Mental
  • Desafiliada por la Dirección de Sanidad del Ejército por tener más de 18 años
Fuerzas Militares Y Policia Nacional
  • Régimen especial en materia prestacional y de salud
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Vida, salud.

El accionante actúa en representación de su hija, quien sufre de retardo mental y depende totalmente de él, la EPS a la cual se encuentra afiliado el actor al constatar que su hija es mayor de edad la desafilió del Sistema de Salud sin tener en cuenta su situación especial, por lo tanto solicita se ordene su inclusión nuevamente en el sistema.

La Sala estudia los efectos de la sentencia C-479/03 en materia de invalidez absoluta y permanente, en relación con el Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, el derecho a la seguridad social de los discapacitados mentales en los órdenes jurídicos interno e internacional, se concluye que el caso de invalidez mental que sufre Sandra Milena es de carácter permanente y absoluto, ya que es una enfermedad incurable y que le impide desarrollar cualquier actividad económica productiva, y el acto de desafiliación al Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares, lesiona sus derechos fundamentales, la acción procede como mecanismo definitivo por tratarse de un sujeto de especial protección.

Concedida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia de tutela proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Armenia del 18 de septiembre de 2009, y en su lugar, CONFIRMAR el fallo del 13 de agosto de 2009, proferido por el Juzgado
  2. Segundo. Penal del Circuito de Armenia, Quindio, mediante el cual se ampararon los derechos fundamentales de Sandra Marcela Carrillo Ledesma, a la salud, a la vida, y a la igualdad para al libre desarrollo de la personalidad.
  3. SEGUNDO. Por Secretaria General librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1999.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.