Micelio
Sentencia de Tutela28 de febrero de 2002

T-142 de 2002

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Marleny Cardenas Fernandez Vs. Iss Meta

Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y Vida De Menor De Edad Con Vih. Solicitud Practica Prueba De Carga Viral. Suministro Medicamentos No Incluidos En El Pos. Falta Cotizacion De Semanas Exigidas. Accion De Repeticion. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Plan Obligatorio De Salud
  • Capacidad económica del usuario respecto de servicios no cubiertos
Enfermedades Catastroficas O Ruinosas
  • Tratamiento de personas de escasos recursos sin cumplir periodo mínimo de cotización
Entidad Promotora De Salud
  • Tratamiento de persona de escasos recursos sin cumplir periodo mínimo de cotización
Derecho A La Salud Del Enfermo De Sida
  • Examen de carga viral fundamental para tratamiento del sida
  • Realización examen de carga viral
Derecho A La Salud
  • Conexidad con la vida
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
  2. Segundo. Civil del Circuito mediante el cual se denegó el amparo solicitado por la actora de sus derechos a la salud y a la vida.
  3. Segundo. TUTELAR los derechos a la vida y la salud de MARLENY CARDENAS FERNÁNDEZ Y SU HIJA y, en consecuencia, ordenar a la E.P.S Instituto del Seguro Social, Seccional Meta- que una vez realizada la notificación de esta providencia, les haga entrega de los medicamentos formulados por el médico tratante y se les realice la prueba diagnóstica denominada, carga viral.
  4. Tercero. DECLARAR que la E.P.S. del I.S.S. Seccional Meta, tiene derecho a repetir contra el Ministerio de Salud - Fondo de Solidaridad y Garantía, hasta el monto de los costos en que haya incurrido y que corresponden al Estado, por concepto de cuota de recuperación.
  5. Cuarto. Por Secretaría General, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.