T-140 de 2005
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Marcela Peña Garcia Vs. Coomeva
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Pago por tutela cuando afecta el mínimo vital de la madre y su hijo
- Término hasta de un año después del nacimiento del niño para reclamar por tutela
- Procedencia excepcional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida digna y a la seguridad social en conexidad con el derecho al minimo vital de afiliada a quien la entidad se niega a reconocerle y pagarle la licencia de maternidad a que tiene derecho por una interrupcion en el pago de las cotizaciones.
Solicita se ordene el pago de la acreencia laboral.
La licencia de maternidad y su proteccion constitucional.
Frente a los reclamos de tal naturaleza existe una proteccion doblemente reforzada pues concurren los derchos constitucionales del hijo y de la madre al mismo tiempo que forman una unidad mayor que la suma de los elementos que la integran.
Y por lo mismo debe protegerse como tal.
Allanamiento a la mora del empleador.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 2004 por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Aguachica, y en su lugar, CONCEDER la tutela para la protección de los derechos fundamentales a la vida digna y a la seguridad social en conexidad con el derecho al mínimo vital de la señora MARCELA PEÑA
- Segundo. ORDENAR a COOMEVA E.P.S., que en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo, proceda a pagar a la accionante el valor de la licencia de maternidad que le corresponde.
- Tercero. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.