Micelio
Sentencia de Tutela1 de diciembre de 2005

T-1241 de 2005

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Nanci Giraldo Jaramillo Y Otras Vs. Comfenalco Y Otras

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Licencia De Maternidad
  • No se cumplió el requisito del periodo mínimo de cotización
  • Cotización de periodo igual al de gestación para tener derecho al pago
  • Pago por allanamiento a la mora por EPS
2 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la protección del minimo vital de madre cabeza de familia a quien la entidad se niega a reconocerle la licencia de maternidad aduciendo que los desembolsos al sistema general de seguridad social se habian realizado con posterioridad a las fechas ordenadas en un caso y en los otros por no haber cotizado el periodo minimo que exige la ley.

Solicitan se ordene el reconocimiento y pago de la licencia de maternidad.

La licencia de maternidad y su protección constitucional.

Concedida y negadas

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el día once (11) de agosto de 2005 por el Juzgado
  2. Décimo. Penal Municipal de Medellín en la acción de tutela instaurada por la señora Nanci Giraldo Jaramillo contra Comfenalco EPS (expediente T-1188618). En su lugar, CONCEDER el amparo solicitado, en los términos expresados en la parte motiva de esta sentencia.
  3. En consecuencia, ORDENAR a Comfenalco EPS que, si aún no lo hubiere hecho, proceda en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente sentencia, a cancelar a la señora Nanci Giraldo Jaramillo la prestación económica derivada de la licencia de maternidad.
  4. Segundo. CONFIRMAR la sentencia proferida día dos (2) de agosto de 2005 por el Juzgado
  5. Segundo. Civil Municipal de Bucaramanga, en la acción de tutela iniciada por la señora Martha Lucia Estévez Marín contra Saludcoop EPS (expediente T-1188715), que negó la tutela solicitada por la demandante.
  6. Tercero. CONFIRMAR la sentencia proferida el día dos (2) de agosto de 2005 por el Juzgado
  7. Octavo. Penal Municipal de Barranquilla, en la acción de tutela iniciada por la señora Dilia Esther Rosales Llanos contra Salud Total EPS (expediente T-1191023), que negó las pretensiones de la demandante.
  8. Cuarto. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.