Micelio
Sentencia de Tutela11 de octubre de 2000

T-1392 de 2000

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Libia Restrepo Castaño Vs. Empresa De Servicios Temporales Y Otra

Tema · dato duro
Derecho A La Igualdad Y Minimo Vital. Proteccion Especial De La Madre Y Su Hijo. Empresa De Servicios Temporales. Estabilidad Laboral Reforzada. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado
  2. Octavo. Laboral del Circuito de Barranquilla y la Sala Laboral del Tribunal Superior de esa misma ciudad, mediante los cuales negaron la tutela interpuesta por LIBIA RESTREPO CASTAÑO contra la empresa T&S TEMPORALES Y SYSTEMPORA LTDA.
  3. Segundo. En su lugar CONCEDER la tutela interpuesta por la actora para proteger sus derechos a la igualdad, a la protección especial de la madre y al mínimo vital de la demandante y su hijo.
  4. Tercero. ORDENAR a la accionada T&S TEMPORALES Y SYSTEMPORA LTDA., dar cumplimiento inmediato a lo dispuesto en el artículo 239 del C.S.T. y en la sentecia de esta Corporación distinguida con el número C-470 de 25 de septiembre de 1997 (M.P. Dr. Alejandro Martínez Caballero)
  5. Lo ordenado debe cumplirse -so pena de la aplicación de las sanciones previstas en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991- dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este Fallo.
  6. Cuarto. Por Secretaria General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí previstos.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.