Micelio
Sentencia de Tutela27 de marzo de 2015

T-139 de 2015

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Juan Pablo Zapata Urrego·Demandado Policia Nacional De Colombia

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Carencia Actual De Objeto
  • Fenómeno que puede presentarse a partir de dos eventos que a su vez sugieren consecuencias distintas: hecho superado y daño consumado
Accion De Tutela Contra La Policia Nacional
  • Vulneración del derecho a la salud de patrullero, al no trasladarlo a un sitio cercano a su núcleo familiar a pesar de que un médico especialista lo había recomendado
Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado
  • Caso en que se ordenó traslado de policía conforme a recomendaciones médicas
Derecho Fundamental A La Salud
  • Orden a la Policía Nacional, acatar las recomendaciones médicas que se emitan en relación al estado de salud de Patrullero y atender en debida forma las incapacidades que se le otorguen
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El actor está vinculado a la Policía Nacional en el cargo de patrullero.

Pretende con la acción de tutela, que se ordene su reubicación laboral en un puesto de trabajo cercano a su núcleo familiar, conforme a las recomendaciones médicas impartidas para manejar adecuadamente su diagnóstico de trastorno mixto de ansiedad y depresión.

Durante el trámite de revisión, la accionada informó a la Sala que resolvió favorablemente la solicitud de traslado y que ubicó al peticionario en un lugar cercano a la residencia de su familia. se CONCEDE el amparo del derecho fundamental a la salud y se declara la carencia actual de objeto por hecho superado.

Se ordena a la Policía Nacional de Colombia que en lo sucesivo acate las recomendaciones médicas que se emitan en relación al estado de salud del accionante y que atienda en debida forma las incapacidades que se le otorguen.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Popayán, Sala Civil-Familia, el diecinueve (19) de junio de dos mil catorce (2014), en tanto declaró improcedente la acción de tutela presentada por Juan Pablo Zapata Urrego contra la Policía Nacional de Colombia porque en su concepto no se llenaba el presupuesto de subsidiariedad. En su lugar, CONCEDER el amparo del derecho fundamental a la salud del accionante.
  2. Segundo. DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado en relación a la pretensión de trasladar al patrullero Juan Pablo Zapata Urrego a un sitio cercano a su núcleo familiar, conforme a las recomendaciones médicas especializadas.
  3. Tercero. ORDENAR a la Policía Nacional de Colombia que, en lo sucesivo, acate las recomendaciones médicas que se emitan en relación al estado de salud del Patrullero Juan Pablo Zapata Urrego, y atienda en debida forma las incapacidades que se le otorguen.
  4. Cuarto. Por Secretaría General de la Corte, LÍBRENSE las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.