T-131 de 2022
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Shariff Gassan Mannaa Kharfan·Demandado Tribunal De Arbitraje De La Camara De Comercio De Cali Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por incumplir requisito de relevancia constitucional
- Se aplican las mismas reglas sobre procedibilidad de la tutela contra providencias judiciales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El actor celebró un contrato de concesión en virtud del cual se le concedería la explotación de un local comercial en un centro comercial que se construiría en la ciudad de Cúcuta (Norte de Santander).
Debido a desacuerdos y discrepancias surgidas en el cumplimiento del mencionado contrato, el peticionario presentó demanda de convocatoria a Tribunal de Arbitraje ante el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Cali.
A su turno, la entidad a la cual el Centro Comercial cedió el contrato, presentó demanda de reconvención contra el accionante.
Frente al laudo que dirimió la controversia entre las partes se interpuso recurso de anulación y el Tribunal accionado lo declaró infundado.
Esta decisión es la que se considera trasgresora de derechos fundamentales.
La Sala Primera de Revisión concluyó que la acción de tutela carece de relevancia constitucional, en tanto el debate propuesto se halla ligado a discrepancias sobre la elección, interpretación y aplicación de las normas legales que sirvieron de base para resolver el litigio y respecto de la valoración de las pruebas aportadas a la actuación.
Es decir, que en la solicitud de amparo el accionante solo se propone un desacuerdo de criterios en el plano meramente legal, en comparación con el adoptado por las autoridades cuestionadas y que pretende reabrir discusiones ya resueltas en los procesos judiciales correspondientes.
Con base en lo anterior se declara IMPROCEDENTE el amparo invocado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias dictadas el 27 de mayo de 2021, en primera instancia, por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, y el 7 de julio del mismo año, en segunda instancia, por la Sala de Casación Laboral de la misma Corporación judicial.
- Segundo. DECLARAR improcedente la acción de tutela interpuesta por Shariff Gassan Mannaa Kharfan contra el Tribunal de Arbitraje de la Cámara de la Comercio de Cali y la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad.
- Tercero. LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991 para los efectos allí contemplados.
- Cuarto. Por Secretaría General de la Corte, DEVOLVER a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia el expediente digitalizado, para los efectos legales pertinentes.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.