T-1296 de 2005
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Cielo Yelitza Camejo Aldana Vs. Iss
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Gastos de transporte para el menor y su madre a otra ciudad para cirugía de corazón
- Naturaleza fundamental y autónoma
- Prevalencia
- Casos en que deben suministrar los medios para desplazamiento o transporte a otra ciudad cuando la atención médica no se puede prestar en el lugar de residencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud y a la seguridad social de menor afiliado que reside en arauca y a quien le fue diagnosticado un ductus arterioso persistente de 4 mm de diámetro y requiere ser tratado en la ciudad de bogota pero la entidad se nuiega a aprobar la remision bajo el argumento que no cuenta con recursos economicos para el efecto.
Solicita se ordene a la entidad cubrir los gastos de transporte alojamiento y alimentación de su hijo y de ella asi como el tratamiento y los medicamentos requeridos para la recuperación del menor.
Fundamento de la protección constitucional del menor.
Las entidades prestadoras de los servicios de salud en determinadas circunstancias tienen la obligación de suministrar los medios para que las personas puedan desplazarse a los sitios o ciudades en los que se presta el servicio medico que no son ofrecidos en el lugar de residencia.
Para que el disfrute de los derechos a la salud y la seguridad social cuando estan en conexidad con la vida sea real y efectivo se necesita no solo que se autorice la practica del procedimiento o tratamiento medico sino que el mismo sea accesible en una institución de idóneas calidades.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR PARCIALMENTE, por las razones expuestas, la Sentencia proferida por el Juzgado
- Primero. Promiscuo de Familia de Arauca (Arauca), que concedió la acción de tutela presentada por la señora Cielo Yelitza Camejo Aldana y amparó de los derechos fundamentales a la salud y a la seguridad social del menor Miguel Leonardo Aldana Camejo en el asunto de la referencia.
- SEGUNDO. Agregado a lo anterior, ORDENAR al Instituto de Seguro Social, Seccional Arauca, que dentro del término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo, si aún no lo ha hecho, sufrague los gastos de traslado y manutención de la accionante y de su menor hijo, en la ciudad de Bogotá, para que se le practique la cirugía requerida en el Hospital San Ignacio.
- TERCERO. ADVERTIR al Instituto de Seguro Social, Seccional Arauca, que deberá seguir garantizando la prestación de los servicios médicos que resulten pertinentes e indispensables para la recuperación de la afección que padece el menor Miguel Leonardo Aldana Camejo.
- CUARTO. Por secretaría General líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.