T-1271 de 2005
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Alvaro Preciado Vs. Susalud
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Suministro de medicamentos para infección en un dedo del pie
- Medicamento o tratamiento no puede ser sustituido por otro contemplado en el POS
- Tratamiento o medicamento debe ser prescrito por médico adscrito a la EPS
- Casos en que procede por exclusión de tratamientos y medicamentos de alto costo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud en conexidad con la vida en condiciones dignas de afiliado que presenta una infección micotica en el pie y le fue formulado medicamento no pos que la entidad se niega a suministrar.
Solicita se ordene el suministro del medicamento formulado por el medico tratante.
El derecho a la salud y la vida en condiciones dignas.
Exclusión de ciertos tratamientos y medicamentos de la cobertura del plan obligatorio de salud.
Requisitos para la inaplicación de las normas que reglamentan las exclusiones y limitaciones del plan obligatorio de salud.
Verificado que se cumple con los requisitos señalados por la corte constitucional en su jurisprudencia a fin de autorizar medicamentos tratamientos o servicios médicos excluidos del pos lleva a esta sala de revisión a revocar la decisión proferida por el juzgado treinta y ocho civil municipal de bogotá para en su lugar tutelar los derechos fundamentales a la salud en conexidad con la vida en condiciones dignas.
Accion de repetición contra fosyga.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR, por las razones expuestas en este fallo, la sentencia proferida por el Juzgado Treinta y Ocho Civil Municipal de Bogota. En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la salud en conexidad con la vida en condiciones dignas del senor Alvaro Preciado.
- Segundo. ORDENAR a la E.P.S. SUSALUD, que el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta sentencia, y si aun no lo hubiere hecho, suministre al senor Alvaro Preciado el medicamento Terbiderm, en los terminos en que el mismo le fuera prescrito por su medica tratante.
- Tercero. SENALAR que SUSALUD E.P.S. podra repetir contre el Fosyga por la suma de dinero invertido en el cumplimiento de la orden emitida en este fallo.
- Cuarto. LIBRENSE por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.