T-1078 de 2008
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Pedro Rodolfo Montero Monsalvo·Demandado Sala Cuarta De Decisión Del Tribunal Superior De Barranquilla Con Citación Oficiosa De Telecaribe Ltda
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Clases de defectos
- Inexistencia de defecto fáctico
- Línea jurisprudencial
- Defecto fáctico en decisión judicial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso de sujeto dentro de un proceso laboral en el cual la sala accionada decidió revocar el fallo de primera instancia proferido por el juzgado 2° laboral del circuito de barranquilla, en el que se había resuelto de forma favorable sus pretensiones.
A juicio del actor, la accionada incurrió en un defecto por interpretación asistemática de los elementos sometidos a su juicio. <br>procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales.
Defecto fáctico.
Reiteración jurisprudencial. <br>se desestimaron las pretensiones del actor porque, de un lado, el asunto puesto a consideración de la corte no revestía trascedencia constitucional, y además, porque la corporación demandada evaluó la pruebas obrante de conformidad con la sana crítica probatoria. <br>negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. LEVANTAR la suspensión de términos decretada en el presente proceso mediante auto de veinticinco (25) de enero de dos mil ocho (2.008).
- Segundo. CONFIRMAR, pero por las razones expuestas en esta sentencia, el fallo proferido el cuatro (4) de septiembre de 2007 por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia negando el amparo en la acción de tutela instaurada por Pedro Rodolfo Montero Monsalvo contra la Sala Cuarta de Decisión del Tribunal Superior de Barranquilla, con citación oficiosa de Telecaribe Ltda.
- Tercero. Por la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR al Juzgado 2º Laboral del Circuito de Barranquilla el expediente contentivo del Proceso Ordinario seguido por Pedro Rodolfo Montero Monsalvo contra la sociedad Telecaribe.
- Cuarto. Por Secretaría, dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.