Micelio
Sentencia de Tutela30 de noviembre de 2008

T-1068 de 2008

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Ángela María Ortiz·Demandado Saludcoop

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Entidad Promotora De Salud
  • Repetición contra el FOSYGA
Derecho A La Salud
  • Fundamental por conexidad con la vida
  • Suministro de prótesis de las extremidades superiores e inferiores es una prestación que se entiende cubierta por el POS
Hecho Superado
  • Consecuencias
Acción De Tutela
  • Hecho superado por autorización de prótesis PISTON K A para la recuperación de la capacidad auditiva
Derecho A La Vida Digna
  • Suministro de audífonos a persona mayor de edad
Derecho A La Vida
  • Suministro de tratamiento no incluido en el POS
8 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud de afiliada a la accionada quien padece hipoacusia y en razón de ello le fue ordenada una estapedectomía para la colocación de una prótesis cuya suministro fue negado por la accionada.

Pide se exiga de parte de la misma la concesión del tratamiento integral que requiere para la superación de la patología que le aqueja. <br>el derecho a la salud como derecho fundamemtal y la recuperación de las habilidades auditivas como parte del mismo.

Reiteración jurisprudencial. <br>hecho superado.

Reiteración jurisprudencial.

Se informó que la autorización de la prótesis pretendida fue aprobada por el comité técnico científico. <br>hecho superado

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Por existir un hecho superado, CONFIRMAR la providencia proferida por el Juzgado
  2. Segundo. Civil del Circuito de Espinal, el 28 de febrero de 2008.
  3. SEGUNDO. LÍBRESE por Secretaría la comunicación que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.