Micelio
Sentencia de Tutela5 de octubre de 2001

T-1059 de 2001

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Martha Cecilia Martinez Morales Vs. Ministerio De Educacion Nacional De Antioquia Y Otros·Demandado Sin Información

Tema · dato duro
Derechos Al Trabajo Libre Asociacion Debido Proceso Huelga Y Reunion De Docente. Conflictos Colectivos De Trabajo. Paro Ilegal. Inasistencia Al Sitio De Trabajo Sin Justa Causa. Descuento De Los Dias No Laborados. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acto Administrativo
  • Expedición en forma irregular
  • Pueden ser formales e informales
Cese Colectivo De Actividades
  • No pago de salario a docente
Debido Proceso
  • Vulneración
  • Inexistencia de vulneración por no pago de salarios a docente que participó en paro
Derecho A La Huelga
  • Límites
  • Protección constitucional y legal
Libertad De Conciencia
  • Inexistencia de vulneración
  • No es absoluto ni incondicional
  • Alcance
Servidor Publico
  • Remuneración presupone el deber de prestar efectivamente el servicio
  • No pago de salarios a docente por días no laborados
Derecho Al Minimo Vital
  • Inexistencia de vulneración
Huelga
  • Declaratoria y desarrollo
  • Definición
  • Justificación de no pago de salarios
Libertad De Expresión
  • Inexistencia de vulneración
  • Límites
Paro
  • No tiene protección constitucional ni legal
Salario
  • Descuento por inasistencia al trabajo sin autorización o permiso previo
  • Descuento se originó en un hecho libre y voluntario a la accionante
15 temas · 25 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Revocar el fallo proferido por el Juzgado
  2. Octavo. (8) Civil del Circuito de Medellín y en su lugar Denegar la acción de tutela instaurada por la actora, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  3. Segundo. Ordenar a la actora el reintegro de los dineros, en caso de no haber sido autorizada la recuperación previamente por la autoridad competente.
  4. Tercero. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.