Sentencia de Tutela30 de octubre de 2003
T-1018 de 2003
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Jose Andres Ramirez Vanegas Vs. Iss Cundinamarca
✓
Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Solicitud Reliquidacion Pension De Vejez. Respuesta De Fondo A Recurso Interpuesto. Termino De 15 Dias Para Resolver. Ley 700 De 2001. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho De Peticion En Materia Pensional
- Términos para resolver
- Término de quince días para informar estado del trámite o copias de documentos
Derecho De Peticion Para Reconocimiento Y Pago De Pensiones
- Término de seis meses
Derecho De Peticion Para Resolver Solicitud De Pensiones
- Término de cuatro meses
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Revocar la sentencia proferida el veinte (20) de mayo de dos mil tres (2003) por el Juzgado Veinticuatro Civil del Circuito y la sentencia proferida el trece (13) de junio de dos mil tres (2003) por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá.
- Segundo. Tutelar el derecho fundamental de petición de José Andrés Ramírez Vanegas. Ordenar al Seguro Social, Seccional Cundinamarca, que en el término de 48 horas proceda a resolver de fondo el objeto de las petición elevada.
- Tercero. DÉSE cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a15
T-588/03Derecho De Peticion. Solicitud Reliquidacion Pension Gracia. Respuesta De Fondo. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Interposicion De Recursos En Tramite Administrativo. Llamado A Prevencion. Ley 700 De 2001. Concedida.T-422/03Derecho De Peticion. Nucleo Esencial. Solicitud Reliquidacion Pension De Jubilacion. Respuesta De Fondo. Termino De Quince Dias Para Resolver. Ley 700 De 2001. Concedida.T-392/03Derecho De Peticion. Solicitud Reliquidacion Pension De Jubilacion. Respuesta De Fondo. Terminos De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Ley 700 De 2001. Concedida.T-365/03Derecho De Peticion. Solicitud Reliquidacion Pension Gracia. Respuesta De Fondo. Silencio Administrativo Negativo. Terminos De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Ley 700 De 2001. Concedida.T-326/03Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Jubilacion Gracia Y Sustitucion. Respuesta Clara Y De Fondo. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Ley 700 De 2001. Concedida.T-325/03Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Vejez Y Jubilacion. Respuesta Clara Y De Fondo. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Ley 700 De 2001. Concedida.
Ver las 15 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.