T-099 de 2012
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Libardo Antonio Morales Taba·Demandado Plantaciones Unipalma De Los Llanos S.A. Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relaciones con sus asociados
- Características
- Naturaleza
- Existe identidad entre asociado y trabajador
- Caso en el que se pretendía demostrar la existencia de una relación laboral de subordinación
- Concepto
- Definición
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Seguridad social, mínimo vital.
El accionante le solicitó al ISS la pensión de vejez y esta entidad le otorgó la indemnización sustitutiva, por contar con tan solo 141 semanas de cotización.
Con la acción de tutela pretende el actor que se ordene a las entidades accionadas que realicen el pago de los aportes supuestamente dejados de cotizar durante el tiempo en que sostuvo una relación laboral con ellas.
La Sala de Revisión pudo constatar que el actor no aparece en relación jurídica de subordinación o en situación fáctica de dependencia con ninguna de las accionadas, por no cual no se acredita la exigencia de legitimación por pasiva o en relación con ellas en el proceso de tutela.
Igualmente encuentra no acreditado el requisito de inmediatez y en tal sentido decide confirmar la decisión de instancia que declaró la IMPROCEDENCIA del amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR el fallo de Segunda Instancia del 04 de Agosto de 2011 del Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito de Villavicencio, mediante el cual se revocó la sentencia de primera instancia y declaró improcedente el amparo de los derechos del señor Libardo Antonio Morales Taba, por los motivos expuestos en esta providencia.
- SEGUNDO. Por la Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.