T-098 de 2011
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Nicolas Pelaez Salazar·Demandado Colegio Seminario Menor Arquidiocesano De Popayan
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inaplicación de las normas del manual de convivencia en lo relacionado con el corte y presentación del cabello
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Libre desarrollo de la personalidad, educación.
El joven accionante promovió la tutela para reclamar su derecho al libre desarrollo de la personalidad, vulnerados presuntamente por el Colegio donde ha realizado sus estudios primarios y secundarios.
Según el actor, la institución le ha exigido llevar un corte de cabello con determinadas especificaciones , orden que acogió en los primeros años de estudio porque sus decisiones no eran propias y porque su personalidad apenas estaba en proceso de formación.
Aduce que en los últimos dos años ha tenido problemas con las directivas del colegio, porque él ha querido y decidido llevar el cabello más largo de lo estatutariamente establecido.
La Sala precisa que los establecimientos educativos, con fundamento en su potestad reguladora, pueden imponer restricciones para preservar los derechos de los demás y el orden jurídico, pero que dichas restricciones se deben ajustar a los principios de proporcionalidad y razonabilidad.
Concedida.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido en agosto 17 de 2010 por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Popayan, que revoco el dictado en julio 6 de dicho ano por el
- Primero. Civil Municipal de la misma ciudad y nego el amparo instado por el joven Nicolas Pelaez Salazar, a quien, en su lugar, le sera tutelado su derecho al libre desarrollo de la personalidad.
- Segundo. ORDENAR al Colegio Seminario Menor Arquidiocesano de Popayan, por conducto de su representante legal o quien haga sus veces, que se abstenga de convertir en falta grave que el estudiante Nicolas Pelaez Salazar no haya accedido a cortarse el cabello. Asi mismo, se dispondra que esa institucion modifique su manual de convivencia en tal aspecto.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.