T-356 de 2013
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Jorge David Porras Acuña·Demandado Escuela Normal Superior De Tunja
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Justificación inaceptable de llevar el cabello corto
- Inaplicación de las normas del manual de convivencia en lo relacionado con el corte y presentación del cabello
- Llevar el cabello largo o corto hace parte del derecho a la propia imagen en cuyo ejercicio toda persona está facultada para decidir de manera autónoma su presentación ante los demás
- Orden a Institución educativa modifique el manual de convivencia en cuanto a la obligación de mantener el cabello corto por parte de los varones
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se promueve la acción de tutela en contra de la Escuela Normal Superior Santiago de Tunja, para reclamar la protección de los derechos fundamentales a la igualdad, a la educación y al libre desarrollo de la personalidad, de un estudiante que considera ser víctima de la discriminación por parte algunos docentes de la institución, en virtud de llevar el cabello largo.
Se solicita con la acción constitucional que se ordene a la institución educativa permitir que el accionante ingrese a las clases con normalidad, independientemente del corte de cabello que tiene.
La institución educativa alegó actuar con fundamento en lo dispuesto en su Manual de Convivencia.
La Sala analiza el problema jurídico planteado conforme al criterio decantado de la Corporación con relación al derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad de los estudiantes, frente a las normas contempladas en los manuales de convivencia de las instituciones educativas y, particularmente, acerca de señalamientos sobre la apariencia personal y el cabello largo.
Se CONCEDE el amparo constitucional invocado y se ordena a la accionada que no incurra nuevamente en prácticas discriminatorias contra el estudiante y que modifique el manual de convivencia en el punto referente a la obligación de mantener el pelo corto por parte de los menores.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo de primera y unica instancia proferido por el Juzgado
- Primero. Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Tunja en cuanto denego el amparo y, en su lugar CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la educacion, libre desarrollo de la personalidad e igualdad del joven Jorge David Porras Acuna.
- SEGUNDO. En consecuencia, se ordenara a la Escuela Normal Superior Santiago de Tunja, que no se incurra nuevamente en practicas discriminatorias contra el menor y que modifique en un termino de tres meses contados a partir de la notificacion de esta sentencia, el manual de convivencia en punto a la obligacion de mantener el pelo corto por parte de los varones. Mientras ello sucede, la norma debera inaplicarse por inconstitucional.
- TERCERO. Librense por Secretaria, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.