Sentencia de Tutela7 de febrero de 2002
T-075 de 2002
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Neyla Del Carmen Navas Contreras Vs. Iss
✓
Tema · dato duro
Derechos A La Salud Dignidad Humana Seguridad Social E Integridad Fisica De Disminuido Fisico Con Sindrome De Down En Calidad De Beneficiario. Agencia Oficiosa. Legitimidad Para Actuar. No Aceptacion Fotocopias De Consignacion Pago De Aportes Y Autoliquid
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Presuncion De La Buena Fe
- Actuaciones de particulares
Agencia Oficiosa
- Hermana de disminuido psíquico
Disminuido Fisico Y Psiquico
- Atención médica por no encontrarse en mora en las cotizaciones por cuanto fotocopias deben ser aceptadas por el ISS
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga -Sala Civil -, de 27 de agosto de 2001, en cuanto negó la tutela de los derechos fundamentales de Juan Manuel Contreras.
- Segundo. CONFIRMAR por las razones consignadas en la parte motiva de esta providencia, el fallo de primera instancia adoptado por el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Barrancabermeja el 1 de agosto de 2001, mediante el cual se CONCEDIÓ el amparo de los derechos fundamentales de Juan Manuel Contreras, vulnerado por el Instituto de Seguro Social.
- Tercero. Líbrense por Secretaría las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a14
T-762/98Der. A La Salud Y A La Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Tratamiento Especial A Disminuidos Fisicos Y Psiquicos Que Han Prestado El Servicio Militar. Pension De Invalidez. Concedida.T-709/98Der. A La Igualdad. Der. A La Recreacion De Los Niños. Falta De Legitimacion Por Activa. Prohibicion De Practicar Futbol En Las Canchas De La Junta De Accion Comunal. Negada.T-059/97Der. A La Vida Y A La Salud. Continuidad En El Servicio De Salud. Cafesalud. Cirugia De Paciente Hemofilico. Concedida.T-571/96Der. Al Minimo Vital. Der. A La Vida. Tutela Transitoria. Devolucion De Dineros De Cuenta De Ahorros. Caja Agraria. Concedida.T-042/96Der. A La Seguridad Social. Der. A La Salud. Programacion De Cirugia. Concedida.T-339/95Der. A La Igualdad. Der. A La Seguridad Social. Sustitucion Pensional A Persona Discapacitada. Concedida.
Ver las 14 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.