Micelio
Sentencia de Tutela26 de enero de 2004

T-035 de 2004

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Carlos Eduardo Erazo Salcedo Vs. Universidad Libre De Colombia

Tema · dato duro
Derechos A La Igualdad Libertad De Escoger Profesion U Oficio Trabajo Y Debido Proceso. Presentacion Y Aprobacion Examenes Preparatorios. Requisito Para Optar Titulo De Abogado. Autonomia Universitaria. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Competencia para darle efectos Inter Pares a sus providencias
Fallo De Tutela
  • Competencia exclusiva de la Corte para fijar alcance de los fallos
Universidad
  • Fijación de exámenes preparatorios para obtener título de abogado
Abogado
  • Posibilidad de las universidades de exigir mayores requisitos para obtener el grado
Autonomía Universitaria
  • Definición de criterios y sistema de calificación de estudiantes
  • Exigencia de requisitos que garanticen la mejor calidad de educación
  • Libertad de exigir pruebas de conocimiento, preparatorios, cursos e idiomas
Derecho A La Educación
  • Implica el deber de cumplir los reglamentos educativos
7 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR la sentencia del Juzgado Doce Penal Municipal de Cali del 21 de julio de 2003 y, en su lugar, NEGAR la tutela a los derechos a la igualdad, la libertad de escoger profesión u oficio y el trabajo del señor Carlos Eduardo Erazo Salcedo.
  2. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS el grado de abogado del señor Carlos Eduardo Erazo Salcedo, en caso de que se haya otorgado en cumplimiento de la sentencia del 21 de julio de 2003 del Juzgado Doce Penal Municipal de Cali.
  3. Tercero. Líbrense por Secretaría, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.