Sentencia de Tutela2 de febrero de 1994
T-030 de 1994
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Aura Elisa Hincapie
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Salud. Derecho A La Vida. Servicio Medico Asistencial Para Personas Que No Gozan De Seguridad Social. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Servicio Publico De Salud
- Prestación
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado 26 Penal del Circuito de Medellin, con fundamento en las motivaciones de esta sentencia.
- SEGUNDO. A traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional ENVIAR copia de esta sentencia al Director de la Clinica Cardiovascular de la Fundacion Santa Maria, al Instituto Metrosalud y al Instituto de los Seguros Sociales, todos de la ciudad de Medellin.
- TERCERO. A traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional ENVIAR copia de esta sentencia a los Juzgados 31 Penal Municipal y 26 Penal del Circuito de Medellin, al Defensor del Pueblo y a la peticionaria de la tutela.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Citada por18
T-549/23Derecho A La Salud Y Vida Digna-Paciente Con Obesidad Que Solicita Procedimiento Quirúrgico Funcional. Reglas Para Conceder Tutela Y Tratamiento Integral.T-202/23Derecho A La Salud Y Educación Inclusiva De Niños, Niñas Y Adolescentes- Suministro De Transporte Urbano, Garantía De Tratamiento Integral Para Menor Con Autismo. Acompañamiento E Implementación De Plan Individual De Ajustes Razonables.T-174/23Progresividad Del Derecho A La Salud De Niños, Niñas Y Adolescentes Migrantes En Situación Irregular-Atención Médica De Urgencias, Continuidad E Integralidad Del Servicio De Salud.T-047/23Principios De Accesibilidad E Integralidad Del Derecho A La Salud-Acceso A Servicios De Transporte (Urbano/Intermunicipal), Alojamiento, Alimentación De Pacientes Y Acompañantes, Tratamiento Integral, Silla De Ruedas, Entre Otros.T-005/23Derecho A La Salud En Su Faceta De Diagnóstico De Personas De La Tercera Edad, Para Determinar Si Se Requiere Servicio De Enfermería O Cuidador.SU.508/20Derecho Al Diagnostico Como Parte Del Derecho A La Salud Y Reglas Para Acceder A Servicios O Tecnologías En Salud Como Pañales, Pañitos Humedos, Cremas Anti-Escaras, Silla De Ruedas, Entre Otros
Ver las 18 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.