Sentencia de Tutela21 de enero de 1999
T-016 de 1999
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Matilde Alba De Ochoa
✓
Tema · dato duro
Der. A La Salud Y A La Vida. Enfermedades Catastroficas. Suministro De Medicamentos. Unimec. S.A. Enfermo De Cancer. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Enfermedades Catastroficas O Ruinosas
- Alternativas para efectuar los tratamientos cuando no se ha superado el periodo mínimo de cotización
- Suministro de tratamientos y medicamentos por EPS sin cumplir periodo mínimo de cotización
- Tratamiento para el cáncer
Derecho A La Vida
- Suministro de medicamentos para quimioterapia de cáncer en persona de escasos recursos y sin cumplir periodo mínimo de cotización
- Suministro de tratamientos y medicamentos sin cumplir periodo mínimo de cotización
Entidad Promotora De Salud
- Suministro de medicamentos para cáncer sin cumplir periodo mínimo de cotización en persona de escasos recursos
Subcuenta Del Fondo De Solidaridad Y Garantia Del Sistema General De Seguridad Social En Salud
- Repetición de EPS contra el Estado por excedente en valor del medicamento
4 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- administrando justicia en nombre del pueblo y por autoridad de la Constitucion
- R E SU E L V E
- Primero. REVOCAR las sentencias materia de revision (la de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Tunja, de 11 de junio de 1998, y de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia de 6 de julio de 1998) y en su lugar CONCEDER la tutela por violacion del derecho a la vida en conexion con el derecho a la salud.
- Segundo. ORDENAR a UNIMEC EPS que en el termino de cuarenta y ocho horas (48) a partir de la notificacion de la presente sentencia se le entregue a la solicitante los medicamentos ordenados por el medico tratante, si es que aun no se ha hecho, indispensables para la quimioterapia que le fue ordenada y que se practique el tratamiento contra el cancer a cabalidad y sin dilaciones.
- UNIMEC EPS, podra repetir contra el Fondo de Solidaridad y Garantia del Ministerio de Salud por el porcentaje en semanas de cotizacion que le falten al usuario para el minimo de las cien semanas y por lo que sobrepase el valor de una droga similar que figure en el listado, si es que la droga recetada no apareciere en el listado oficial de medicamentos. Y el mencionado fondo en virtud del principio de eficiencia debera entregar lo que se repite a la mayor brevedad.
- Tercero. Para los efectos del articulo 36 del decreto 2591 de 1991, el Tribunal de origen hara las notificaciones y tomara las medidas adecuadas.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
Votos disidentes — texto disponible3
SalvamentoAlejandro Martínez CaballeroSalvamentoFabio Morón DíazSalvamentoVladimiro Naranjo MesaTexto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a3
SU.480/97Der. A La Salud Y A La Vida. Relacion Estado E.P.S.. Continuidad En Servicio De Salud. Suministro De Medicamentos. Sida. Concedida Parcialmente.C-179/97Dec. 1283/94. Art. 3 Paragrafo Unico. Regimen De Reservas De La Caja De Auxilios Y Prestaciones De Asoc. Col. De Aviadores Civiles -Caxdac-. Exeq.C-152/97Ley 223/95. Art. 182. Racionalizacion Tributaria. Contribuciones Parafiscales. Inexequible.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.