T-015 de 2001
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Hector Julio Loaiza Y Otros Vs. Compañia De Inversiones De Laflota Mercante S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Pago oportuno de mesadas por compañía de inversiones de Flota Mercante
- No pago oportuno de mesadas pensionales por situación concordataria de empresa
- Asunción de responsabilidad por mora en aportes en salud
- Pago preferente de salarios y mesadas pensionales
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. REVOCAR la decisión materia de revisión proferida en el proceso T-292742 y, en su lugar CONCEDER las tutela impetrada por el demandante, protegiéndoles el derecho a la vida, a la seguridad social y a la debida protección a las personas de la tercera edad.
- Segundo. ORDENAR a la Compañía de Inversiones de la Flota Mercante S.A., cancelar al señor Angel María Esguerra Muñoz, dentro de los sesenta (60) días hábiles siguientes a la notificación de la presente providencia, si ya no lo hubiere hecho, las mesadas pensionales que se le adeudan.
- Tercero. CONFIRMAR las providencias proferidas en los procesos T-391215 y T-393822.
- Cuarto. ORDENAR a al Compañía de Inversiones de la Flota Mercante S.A., atender de su propio peculio los costos en la atención en salud que requieran los demandantes y sus beneficiarios, hasta tanto, se ponga al día en el pago que por concepto de aportes debe realizar al Plan Obligatorio de Salud al cual deben estar afiliados los demandantes.
- Quinto. COMPULSAR copias de la presente sentencia a la Fiscalía General de la Nación, con el objeto de que investigue lo pertinente.
- Líbrense por Secretaría, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifíquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.