Micelio
Sentencia de Tutela19 de enero de 2010

T-010 de 2010

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Alfa Rosa Figueroa Castro·Demandado Instituto De Seguro Social

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Para El Reconocimiento De Pensión De Vejez
  • Procedencia cuando se vulneran derechos fundamentales
Accion De Tutela Transitoria
  • Procedencia ante perjuicio irremediable a falta de idoneidad del mecanismo de defensa judicial
Derecho Al Debido Proceso
  • Vulneración por indebida aplicación de normas respecto a la acción popular y valoración probatoria
Pension De Vejez
  • Afectación de derechos por la negativa de reconocimiento cuando se acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Seguridad social, mínimo vital.

La accionante solicita el reconocimiento y pago de su pensión de vejez, la cual le ha sido negada pese ha haber cotizado 1209 semanas.

La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela para obtener el reconocimiento y pago de la pensión de vejez, y se pronuncia sobre la afectación de los derechos por la negación al reconocimiento de una pensión de vejez, cuando el accionante acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos en la ley, se concluye que la actora es un sujeto de especial protección debido a su edad, y cumple con los requisitos exigidos por la ley para acceder a la pensión, por lo tanto se ordene a la entidad accionada, acceder a su reconocimiento y pago.

Concedida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. LEVANTAR la suspension de los terminos ordenada mediante auto de mayo 27 de 2008.
  2. Segundo. REVOCAR el fallo proferido en septiembre 26 de 2007 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, Sala Penal, que confirmo el adoptado en agosto 14 del mismo ano por el Juzgado
  3. Primero. Penal del Circuito de esa ciudad, negando el amparo solicitado por Alfa Rosa Figueroa Castro. En su lugar, se dispone CONCEDER a la mencionada senora la proteccion a los derechos a la seguridad social y a la vida en condiciones dignas, materializados en el reconocimiento y pago de la pension de vejez que le corresponde.
  4. Tercero. ORDENAR al Instituto de Seguro Social, a traves del Jefe del Departamento de Pensiones seccional Bolivar, o quien haga sus veces, que dentro del termino de diez (10) dias siguientes a la notificacion de la presente providencia, revoque su anterior determinacion negativa y expida una nueva resolucion frente a la pension de vejez de la accionante, teniendo en cuenta para su liquidacion el tiempo que dejo de computarle, esto es, las semanas cotizadas entre noviembre 1deg de 1979 y noviembre 2 de 2005.
  5. Cuarto. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.