C-883 de 2007
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Insistencia del Congreso como requisito de procedibilidad
- Artículo con orden de asignar partida presupuestal para cumplimiento de la Ley
- Incompetencia del congreso en materia de gasto público
- Principio de legalidad del gasto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Objecion presidencial al articulo 3º del proyecto de ley 006/05 camara - 235/05 senado "por medio de la cual se declara el repentismo como patrimonio artistico social y cultural de la nacion".la objecion consiste en el mandato imperativo del legislador hacia el ejecutivo y en la forma en que se dispone la facultad en materia de gasto publico.tramite de las objeciones presentadas por el gobierno nacional al articulo 3º del proyecto de ley 006/05 camara - 235/05 senado.
Decision adoptada por la camara de representantes y el senado de la republica sobre las objeciones.
La insistencia presentada por el congreso de la republica es un requisito de procedibilidad para que la corte constitucional se pronuncie.
En el asunto que se examina ante las objeciones al proyecto expresadas por el presidente de la republica los informes de la comision designada en el congreso para pronunciarse sobre ellas en lo que esta visto que no se propone insistir sino acoger se aprobaron por las plenarias de la camara y del senado en sesion diferente a la anunciada.
Las camaras adecuaron el articulo 3o del proyecto a las observaciones planteadas pro el presidente de la republica y por consiguiente no se encuentra cumplido el presupuesto de procedibilidad para que la corte pueda pronunciarse sobre la exequibilidad de la disposicion mencionada.abstenerse de pronunciarse sobre la exequibilidad o inexequibilidad
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Proyecto_ley PL-235-1905/07. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Por las razones expuestas, ABSTENERSE de pronunciarse sobre la exequibilidad o inexequibilidad del articulo 3o del Proyecto de Ley 006/05 Camara 235/05 Senado "Por medio de la cual se declara el Repentismo como Patrimonio Artistico, Social y Cultural de la Nacion".
- Segundo. REMITASE al Congreso de la Republica, para lo de su competencia, el expediente respectivo incluida esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.