C-752 de 2013
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Gustavo Adolfo Arbelaez Naranjjo·Demandado Ley 1592 De 2012, Articulos 8 Y 37 Parciales
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- La aceptación de cargos solo tendrá validez si se hizo de manera libre, voluntaria y espontánea, y siempre que el postulado haya estado asistido por su defensor
- Inicio de manera oficiosa al incidente para la identificación de las afectaciones causadas a las víctimas con la conducta criminal
- Se convocará con el fin de examinar si la aceptación se efectúo de manera libre, voluntaria y espontánea y asistida por el defensor del imputado
- Responsabilidad plena
- Alcance
- Momento procesal en el cual el postulado materializa y hace manifiesta su voluntad expresa de acogerse al procedimiento y beneficios de la ley
- Causales
- Estructura procesal
- Jurisprudencia Corte Suprema de Justicia
- Definición
- Objeto
- Derechos de las víctimas
- Fundamento jurídico
- Descripción
- Fase administrativa y judicial
- Las medidas y decisiones que se adopten están sujetas a los principios y garantías mínimas reconocidas por la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos
- Desarrollo con estricta sujeción a las garantías sustanciales y procesales propias del Estado de Derecho
- Fundamentado en voluntad de los intervinientes
- Incumplimiento de requisito de entrega de bienes producto de la actividad ilegal da lugar a exclusión del postulado del proceso de justicia y paz o en su defecto a pérdida del beneficio de pena alternativa
- Obligación del postulado
- Elementos esenciales
- Requisitos de elegibilidad de postulados para caso de desmovilización individual
- Requisitos de elegibilidad de postulados para caso de desmovilización colectiva
- Inhibición para decidir de fondo en relación con la expresión “Vencido este plazo el Gobierno nacional tendrá dos (2) años para decidir sobre su postulación” contenida en el inciso 1°
- Características
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Requisitos
- Proscripción constitucional
- Se verifica el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad, de encontrarse cumplidos se suspende ejecución de la pena que se imponga de acuerdo al Código Penal y habrá lugar al beneficio de la pena alternativa
- Requisitos en la carga argumentativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 8 y 37 (parciales) de la Ley 1592 de 2012, por medio de la cual se introducen modificaciones a la Ley 975 de 2005.
El demandante considera que los apartes normativos acusados vulneran los artículos 29 y 13 de la Constitución Política.
La Corte concluyó que la exclusión de los beneficios transicionales derivados de la ley de justicia y paz para el postulado que no entregue, ofrezca o denuncie todos los bienes adquiridos por él o por el grupo armado organizado al margen de la ley, no vulnera las garantías judiciales y procesales.
La Sala Plena decide declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo en relación con la expresión demandada e integrada al inciso primero del artículo 37 de la Ley 1592 de 2012, por ineptitud sustantiva de la demanda.
Respecto a los cargos propuestos y analizados con relación a la expresión demandada y contenida en el inciso tercero del artículo 8º de la precitada ley, la Corte decide declarar su EXEQUIBILIDAD.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1592/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo en relacion con la expresion "Vencido este plazo el Gobierno nacional tendra dos (2) anos para decidir sobre su postulacion", integrada al inciso
- primero. del articulo 37 de la citada Ley 1592 de 2012, por ineptitud sustantiva de la demanda.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos propuestos y analizados, la expresion "El postulado que no entregue, ofrezca o denuncie todos los bienes adquiridos por el o por el grupo armado organizado al margen de la ley durante y con ocasion de su pertenencia al mismo, de forma directa o por interpuesta persona, sera excluido del proceso de justicia y paz o perdera el beneficio de la pena alternativa, segun corresponda", contenida en el inciso
- tercero. del articulo 8deg de la Ley 1592 de 2012.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.