C-673 de 2008
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Carolina Saenz Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento de requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia en los cargos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Codigo sustantivo del trabajo articulo 406 literal c).
Articulo modificado por el articulo 12 de la ley 584 de 2000.
Miembros de la junta directiva y subdirectivas de los sindicatos, federaciones o confederaciones de sindicatos que se encuentran amparados por el fueron sindical.
Articulo 407 numeral 1º.
Miembros de la junta directiva amparados.
El amparo solo se extiende a los cinco primeros principales y a los cinco primeros suplentes que figuren en la lista que el sindicato pase al empleador.<br>las demandantes estiman que las disposiciones acusadas no solo contravienen lo dispuesto en los articulos 1, 2, 13, 38, 39 y 53 inciso 4º de la constitucion, sino que tambien lo establecido por el articulo 3 del convenio 87 de la oit.<br>criterios jurisprudenciales para la configuracion de verdaderos cargos de constitucionalidad.
Los cargos formulados por las demandantes en relacion con los requisitos minimos exigidos por esta corporacion.
Ineptitud sustantiva de la demanda.
Los argumentos expuestos no permiten de ninguna manera identificar claramente y sin lugar a dubitaciones, una hipotesis de contradiccion normativa entre las disposiciones acusadas y los enunciados normativos constitucionales, por cuanto no se logra consolidar un problema de constitucionalidad que tenga un minimo de fundamento argumentativo.<br>inhibida
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 2663/50. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declararse INHIBIDA para pronunciarse de fondo respecto del literal c) del articulo 406 y numeral 1o del articulo 407 del Codigo Sustantivo del Trabajo.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.