Micelio
Sentencia de Constitucionalidad20 de junio de 2001Sala Plena

C-650 de 2001

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Arleys Cuesta Simanca

Tema · dato duro
Principio De Doble Instancia. Excepciones No Instituyen Reserva Legal
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Facultades Extraordinarias Para Codigos
  • Otorgamiento bajo Constitución anterior
  • Prohibición bajo Constitución vigente
Principio Tempus Regit Actum
  • Uso de competencia extraordinaria
Proceso Ejecutivo
  • Naturaleza y teleología
Principio De La Doble Instancia
  • Excepciones
  • Excepción por decreto en uso de competencia extraordinaria
  • Excepciones no instituyen reserva legal
  • No es absoluto
Control De Constitucionalidad De Decreto Extraordinario
  • Expedición bajo Constitución anterior
Legislador En Principio De La Doble Instancia
  • No establecimiento de trato diferenciado
Recurso De Apelacion En Proceso Ejecutivo
  • Improcedencia cuando no se proponen excepciones
Recurso De Apelacion
  • Garantía de impugnación
8 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Decreto 2282 de 1989.

Art. 1 num. 268 (p).

Modifica el codigo de procedimiento civil.

Art. 507.

Cumplimiento de la obligacion sentencia y condena en costas.

Constitucionalidad de la enmienda introducida al art. 507 del c.p.c.

Mediante facultades extraordinarias

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 2282/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 1Decreto 2282/89 «numeral -268»EXEQUIBLE
Art. 1Decreto 2282/89EXEQUIBLE
Art. 1Decreto 2282/89EXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la constitucion.
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLE la expresion " ...y contra ella no procede recurso de apelacion..." del articulo 1deg numeral 268 del Decreto 2282 de l989, que modifico el articulo 507 del Codigo de Procedimiento Civil.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.