C-635 de 2016
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Jorge Hernan Gil Echeverri·Demandado Codigo General Del Proceso, Articulo 626, Literal A (Parcial)
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Requisitos mínimos
- Falta de certeza en cargo de inconstitucionalidad por la presunta vulneración del debido proceso ante la supuesta ausencia de recurso contra decisiones jurisdiccionales de autoridades administrativas,
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 626, literal a) del Código General del Proceso.
Se plantean cargos por violación a los artículos 29 y 153 de la Constitución Política, por suprimir la doble instancia en los procesos jurisdiccionales a cargo de las autoridades administrativas.
La Corte concluye que la demanda no satisface los mínimos argumentativos requeridos para suscitar un juicio de constitucionalidad y, en consecuencia, se declara INHIBIDA para emitir un pronunciamiento de fondo, por la ineptitud sustantiva de la demanda.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1564/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. INHIBIRSE para emitir un pronunciamiento de fondo en la demanda formulada por el ciudadano Jorge Hernan Gil Echeverri contra la expresion: "los articulos 8o inciso 2o parte final, 209 A y 209 B de la Ley 270 de 1996", prevista en el literal a) del Articulo 626 de la Ley 1564 de 2012 "Por medio de la cual se expide el Codigo General del Proceso y se dictan otras disposiciones".
- SEGUNDO.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.