Micelio
Sentencia de Constitucionalidad8 de junio de 2004Sala Plena

C-577 de 2004

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante William Aranda Vargas

Tema · dato duro
Impuesto A Los Espectaculos Publicos En Materia De Exhibicion Cinematografica. Incertidumbre Sobre Vigencia Actual Llevo A Su Derogación Expresa Por El Legislador
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Incompetencia sobre argumentos de conveniencia
Actividad Cinematografica
  • Fomento y promoción del interés general
Impuesto
  • Derogación expresa
Exencion Tributaria
  • Predicable de impuesto existente
Impuesto A Los Espectaculos Publicos En Materia De Exhibicion Cinematografica
  • Incertidumbre sobre vigencia actual llevó a su derogación expresa por el legislador
  • Derogación de norma que creaba impuesto
Norma Legal
  • Derogación expresa de norma sobre cuya vigencia actual no existe claridad alguna
Seguridad Juridica Tributaria
  • Derogación expresa de norma que creaba impuesto objeto de incertidumbre
  • Vigencia actual de impuesto
Contribucion Parafiscal Para El Sector Cinematografico
  • Establecimiento y promoción del interés general
Impuesto Territorial
  • Atribución legislativa de derogación no es absoluta
  • Distinción entre derogación y exención
  • Límites al legislador respecto de supresión
  • Prohibición de traslado por ley a la Nación
Tributo
  • Supresión por ley
11 temas · 16 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 814 de 2003.

Art. 22 (p.).

Ley 12 de 1932.

Fomento de la actividad cinematografica en colombia.

Vigencia y derogatorias.

Autonomia fiscal de entidades territoriales.

Impuesto a espectaculos publicos de propiedad de municipios y distrito capital.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 814/03. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 22Ley 814/03EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLE el aparte acusado del artículo 22 de la Ley 814 de 2003.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
AclaraciónJaime Araujo RenteríaAclaraciónRodrigo Uprimny Yepes
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.